La fiscal Gils Carbó, ahora tildada de sostener ideas afines al Reich alemán: un nuevo fallo en el caso Papel Prensa

La sala C de la Cámara nacional de Apelaciones en lo Comercial atribuyó a la Fiscal Alejandra Gils Carbó ideas de índole nazi. Sí, así como leyó. La misma fiscal que, según explicamos en la última nota, defendió ante la Corte una Fábrica Recuperada en la quiebra de IMPA invocando las insuficientes soluciones a la desindustrialización de los 90; aquella misma que fuera tan perseguida tras denunciar el fraude millonario del concordato de Comercial del Plata y por impugnar luego la fusión cablevisión-multicanal cuando nadie –ni el gobierno- hablaba del tema.

Lo nuevo: en el fallo denegatorio de un recurso extraordinario interpuesto por Gils Carbó en el caso Papel Prensa, los jueces Monti, Kolliller Frers y Garibotto asimilan las apreciaciones de la fiscal al principio de «fuhrerprinzip» sostenido por el Tercer Reich Alemán. Recordemos que los dos primeros habían recibido un pedido de enjuiciamiento por el Procurador General de la Nación, Esteban Righi, en el marco de la misma causa, a instancias de la fiscal.

La Fiscal General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial osó presentar un recurso extraordinario contra la decisión de la Sala C del fuero que revocó la coadministración judicial en el caso Papel Prensa.

Así consiguió que los jueces José Luis Monti, Alfredo Kolliker Frers y Juan Roberto Garibotto la tildaran de tener ideas afines al nazismo: “En síntesis, no resultan admisibles las observaciones que en este aspecto introduce la Fiscal General. La postura que traducen tales apreciaciones implicaría en el caso atribuir promiscuamente al accionista Estado Nacional una suerte de facultades supraestaturarias y supralegales…Tal concepción vendría a emular la estructura de los controles económicos impuestos en el Reich Alemán durante el régimen nazi, bajo la idea del principio de “caudillaje” o “fuhrerprinzip””.

Subir la apuesta


Un fallo que huele a venganza tras el pedido de investigación presentado ante el Consejo de la Magistratura por el jefe de todos los fiscales, Esteban Righi, contra los jueces José Luis Monti y Alfredo Kolliker Frers. La denuncia se había generado a raíz de que la fiscal general infomara a su superior que estos magistrados habían obstruido su labor –omitiendo la vista al fiscal, fijándole plazos exiguos e irrazonables para dictaminar y negándose a exhibirle el expediente donde le corría el plazo para fundar el extraordinario. Esos hechos inusuales ocurrieron en tres juicios de millonaria transcendencia económica: el concurso preventivo de Sociedad Comercial del Plata, el Acuerdo Preventivo Extrajudicial de Transportadora Gas del Norte y el caso Estado Nacional c/Papel Prensa.

¿Será revancha? ¿O se tratará, quizás, de la confianza imperturbable en una presunta inacción del renovado Consejo de Magistratura? ¿Tal vez soñaron los jueces merecer alguna primera plana de los accionistas de Papel Prensa festejando un exabrupto tan insólito en una sentencia judicial?

Los fundamentos denegados

En su recurso extraordinario Gils Carbó había señalado que “la demanda se basa en que Papel Prensa SA desarrollaría su actividad social en beneficio de los intereses de los accionistas representantes del capital privado (Grupo Clarín y La Nación) y en perjuicio de los restantes medios gráficos que dependen del insumo de papel de diario, cuya producción nacional la empresa monopoliza, lo que asegura a los primeros una posición absolutamente dominante y cierra las posibilidades de desarrollo a los segundos, los cuales quedan expuestos a decaer y desaparecer cuando no a ser fáciles víctimas de políticas predatorias o de tomas de control de su capital accionario” (fs. 269 vta.)”.

La fiscal había cuestionado la sentencia que convalidó la negativa de los accionistas controlantes a proporcionar información al accionista Estado Nacional, invocando un Reglamento interno aprobado por aquellos: “al anteponer el pedido de información del Estado Nacional las condiciones impuestas por la empresa “en conflicto de intereses”, la sentencia soslaya los intereses generales involucrados en que se controlen las prácticas abusivas que restringen la libre competencia y distorsionan el mercado; en especial, si introducen condicionamientos al libre ejercicio de la prensa escrita”.[Descargar Recurso Completo]

Cuando hay saña, se nota


Hay que entender. En un contexto de tantos años en que los jueces hacían y deshacían a su antojo, sin nadie que dijera o quizás ni se detuviera a analizar detenidamente los casos y las resoluciones dictadas. De pronto aparece esta mujer (¡encima mujer!) a decirles a ellos (¡a ellos, los jueces!) que el fallo homologatorio en el caso Sociedad Comercial del Plata esconde un fraude millonario, que la fusión Cablevisión-Multicanal viola hasta la misma ley Clarín, y ahora, que Papel Prensa oculta información contraria al equilibrio del mercado, lo cual sólo resultaría en la desaparición de los pequeños diarios que no pueden luchar contra el grupo que controla los medios de comunicación en la Argentina.

¡Pero claro! ¡Cómo se le ocurre! ¡¿Quién se cree esta mujer para decirles a ellos qué pueden o no hacer, Hitler?!

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