Un fallo anula la ley de expropiación que favorecía a una Fábrica Recuperada en la quiebra de IMPA: piden la intervención de la Corte
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La Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial declaró la inconstitucionalidad de la Ley 2.969 de la Ciudad de Buenos Aires que expropió por causa de utilidad pública la planta de Industria Metalúrgica Plástica Argentina (IMPA), a favor de la Cooperativa de Trabajo 22 de Mayo.
Se trata de una de las Fábricas Recuperadas pioneras que se constituyeron a partir del 2001, luego de que la crisis desencadenada por las políticas liberales arrasara con las Pymes y la industria nacional. La Cámara sostuvo que no había una causal de “utilidad pública” o “bien común” porque la expropiación fue dispuesta en favor de un grupo de trabajadores. La Fiscal General Alejandra Gils Carbó interpuso recurso extraordinario con un exhaustivo estudio económico en respaldo de la ley dictada para paliar el tsunami de las Pymes.

El tribunal integrado los jueces María Elsa Uzal, Isabel Míguez y Alfredo Kolliker Frers, puso fin a la larga lucha de los trabajadores de IMPA. Además de continuar a puro pulmón con la fuente de trabajo de más de medio centenar de familias, los trabajadores habían instalado una escuela secundaria para jóvenes y adultos, un taller de teatro y un centro de la salud. La sentencia anuló la Ley 2.969 de la Ciudad de Buenos Aires  juzgando que  “no resulta aceptable que la “expropiación” – olvidando que es una medida excepcional- pueda ser utilizada como un mecanismo para paliar situaciones –transitorias o coyunturales- de la economía del país, como una herramienta alternativa a los planes sociales, laborales o alimentarios, o como la manera de concertar la esperanza de un grupo de trabajadores de conseguir y/o recuperar una fuente de trabajo” (Industria Metalúrgica Plástica Argentina s/ quiebra s/ inc. de actuaciones, 12-08-10).

Los jueces manifestaron no compartir el criterio de los legisladores: “bajo la apariencia de un uso público, los bienes expropiados han de ser destinados a un mero uso privado”. “Conceptualmente, el bien común no es…el bien individual de un grupo reducido, como en este caso, pues en esos supuestos el bien común en cuestión no sería común sino particular.”

La catástrofe industrial causada por la política neoliberal

La Cooperativa de Trabajo y la Fiscal General ante la Cámara, Alejandra Gils Carbó, interpusieron recurso extraordinario ante la Corte. Sostienen que la sentencia contraviene  la división de poderes del Estado porque la calificación de “utilidad pública” incumbe al Poder Legislativo y sólo es revisable por los jueces ante una manifiesta irrazonabilidad, que no se presentaría en el caso.

La Fiscal General desarrolla esa tesis con fundamentos económicos: “En el año 2001 había 1.100.000 trabajadores en la Argentina: la misma cantidad que en 1946. Sólo que la población se multiplicó varias veces desde entonces…En el año 2000 la incidencia de la producción industrial en el PBI nacional era del 15,4%: la misma cantidad que en 1940. La pérdida de la incidencia de la industria en la economía es demostrativa de una «catástrofe industrial». La progresiva expulsión de mano de obra industrial tuvo incidencia directa sobre la marginalidad: entre 1975 y 2000 la pobreza saltó del 10 al 52 por ciento.”

Agrega que por esa época “Hubo entonces enormes transferencias de recursos del Estado a los principales actores del sector privado. El Estado era el principal tomador de crédito en nuestro mercado (22 a 30% del total). La deuda pública –externa e interna- financiaba la sobrevaluación de compras de bienes y servicios que el Estado pagaba a los bloques dominantes (la patria contratista); así como los subsidios a la industria automotriz (Fiat) y siderúrgica (Acindar-Techint); el déficit de las empresas estatales de servicios públicos que mantenían las tarifas bajas para controlar la inflación, y el déficit en la balanza de pagos causado por el brutal estancamiento de la economía productiva. Se desalentaron las exportaciones y se favorecieron importaciones: la brecha se cubría con más deuda externa mientras la industria nacional languidecía. A principios de la década del 80 se produjo una masiva transferencia de riqueza mediante la estatización de la deuda externa privada ordenada por los Ministros de Economía Sigaut (1981) y Cavallo (1982) -a través de los seguros de cambio que rigieron hasta 1988- y la licuación sistemática de los pasivos empresarios a tasas reguladas (1982).”

Midiendo con “Doble vara”

La fiscal reseña las distintas vías de transferencia de recursos realizadas por el Estado durante esas décadas a favor del empresariado local y extranjero y concluye que la justicia aplica un doble standard para anular una ley de expropiación en beneficio de una Fábrica Recuperadas: “Los tribunales comerciales jamás objetaron la socialización del endeudamiento del gran empresariado a cargo de la comunidad” (en referencia a los multimillonarios recursos destinados a la privatización de la deuda externa y los regímenes de promoción industrial desde 1975 al 2000).

Gils Carbó estima que la expropiación de la planta industrial a favor de los trabajadores de IMPA es solamente “una gota dentro del océano de transferencias de recursos estatales que han prohijado la concentración oligopólica de nuestra economía.” Se recomienda la lectura completa de esta pieza imperdible. [Descargar Recurso Extraordinario].

Gils Carbó destina un extenso capítulo a narrar los reclamos de la Cooperativa de Trabajadores ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, denunciando ser víctimas del abuso de posición dominante de Aluar. Dicha empresa habría gozado de la centralización y exclusividad de los subsidios estatales, a la vez que se la acusa de prácticas abusivas en materia de precios del aluminio que habrían causado la quiebra de IMPA.

Se abrió un sumario en trámite. Sin embargo, surge de la causa que, siendo Aluar uno de los principales acreedores,  sigue proveyendo aluminio a la Cooperativa consintiendo su continuación. Los otros dos grandes acreedores –el Banco de la Nación y el Banco Ciudad de Buenos Aires- tampoco formulaban oposición a la actuación de la Cooperativa.  Los jueces, más papistas que el Papa, les bajaron el pulgar.

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