El escenario a partir del 7 de diciembre
Una vez terminado el plazo establecido por la Corte Suprema, el multimedios tendrá que vender aquellas licencias que incumplen los límites marcados por la nueva Ley de Medios, como sucede con Cablevisión y Canal 13.
Por Carlos Romero
El 7 de diciembre de 2012 se habrá cumplido el plazo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia para la medida cautelar que actualmente exime al Grupo Clarín de cumplir con el artículo Nº 161 de la nueva Ley de Medios. Desde ese momento, salvo que la justicia resuelva declarar inconstitucional la llamada “cláusula de desinversión” –una cuestión sobre la que aún no hubo ningún pronunciamiento–, el Grupo deberá desprenderse de las licencias que están en su poder y que son violatorias de la Ley 26.522.
De acuerdo a su conformación actual, el pulpo mediático que encabezan Ernestina Herrera de Noble y su CEO, Héctor Magnetto, tendrá que entregar varias de sus licencias que superan los topes o las limitaciones territoriales establecidas por la normativa sancionada en octubre de 2009. Será una decisión del multimedios qué empresas elige conservar y cuáles vende para ajustarse a las restricciones de la ley en materia de permisos, tanto a nivel nacional como provincial.
En primer lugar, está establecido que quien posea un canal de aire no podrá tener, en la misma zona, una operadora de cable, que es justamente lo que sucede con firmas pertenecientes a Clarín en cuatro distritos, incluida la Ciudad de Buenos Aires. En la Capital Federal, el grupo deberá optar entre conservar Cablevisión/Multicanal o el Canal 13. En Córdoba, la situación se repite entre estas cableoperadoras y el Canal 12; en Mar del Plata, con el 10, y en Bahía Blanca con el 7. Este escenario de licencias superpuestas va a obligar a la compañía a tomar una decisión de enorme trascendencia económica: quedarse con las redituables empresas de cable o con los canales de aire y el peso tradicional que tienen en la opinión pública.
Por otra parte, si el grupo se inclina por la primera opción, la ley fija que un mismo dueño de servicios de televisión por suscripción no podrá contar con más que la señal de generación propia, es decir, un solo canal de cable. El multimedios, por el contrario, tiene varios: Metro, Volver, Magazine, TyC Sports y Todo Noticias (TN), por citar algunos casos. De ese modo, estará obligado a elegir una señal y desprenderse de las otras.
Se trata de una obligación ante la ley que Clarín presentó como la necesaria desaparición de TN, cuando en rigor de verdad se trata de una decisión de negocios. Es decir, puede optar por vender esa señal de noticias o, en cambio, conservarla y desprenderse de las otras.
Asimismo, el apartado 2-c) del artículo 45 indica que se podrá poseer “hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta”. Esto significa que si Clarín elige conservar Canal 13 y desprenderse de las cableoperadoras, deberá hacer lo mismo con sus señales de cable, hasta quedarse con sólo una.
A su vez, la Ley 26.522, en el antes mencionado artículo, indica que “la multiplicidad de licencias –a nivel nacional y para todos los servicios– en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del 35% del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda”. En el caso de Clarín como operador de cable, el dueto Cablevisión/Multicanal supera con creces esa porción de mercado: posee cerca del 56% de los abonados al servicio. Así las cosas, el multimedios tendrá que reducir su participación sobre esa masa de clientes hasta llegar a la proporción indicada.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es la cantidad de licencias a nivel nacional. En el caso de las señales televisivas de aire y las emisoras de radiodifusión no podrán ser más de diez en total. En cuanto a los permisos para canales de cable, el máximo son 24.
En sus fundamentos, la ley explica que todas estas restricciones, lejos de constituir una limitación a la libertad de expresión –argumento que fue sostenido por el fallo de la Corte–, lo que se busca es “garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”.
De acuerdo a su conformación actual, el pulpo mediático que encabezan Ernestina Herrera de Noble y su CEO, Héctor Magnetto, tendrá que entregar varias de sus licencias que superan los topes o las limitaciones territoriales establecidas por la normativa sancionada en octubre de 2009. Será una decisión del multimedios qué empresas elige conservar y cuáles vende para ajustarse a las restricciones de la ley en materia de permisos, tanto a nivel nacional como provincial.
En primer lugar, está establecido que quien posea un canal de aire no podrá tener, en la misma zona, una operadora de cable, que es justamente lo que sucede con firmas pertenecientes a Clarín en cuatro distritos, incluida la Ciudad de Buenos Aires. En la Capital Federal, el grupo deberá optar entre conservar Cablevisión/Multicanal o el Canal 13. En Córdoba, la situación se repite entre estas cableoperadoras y el Canal 12; en Mar del Plata, con el 10, y en Bahía Blanca con el 7. Este escenario de licencias superpuestas va a obligar a la compañía a tomar una decisión de enorme trascendencia económica: quedarse con las redituables empresas de cable o con los canales de aire y el peso tradicional que tienen en la opinión pública.
Por otra parte, si el grupo se inclina por la primera opción, la ley fija que un mismo dueño de servicios de televisión por suscripción no podrá contar con más que la señal de generación propia, es decir, un solo canal de cable. El multimedios, por el contrario, tiene varios: Metro, Volver, Magazine, TyC Sports y Todo Noticias (TN), por citar algunos casos. De ese modo, estará obligado a elegir una señal y desprenderse de las otras.
Se trata de una obligación ante la ley que Clarín presentó como la necesaria desaparición de TN, cuando en rigor de verdad se trata de una decisión de negocios. Es decir, puede optar por vender esa señal de noticias o, en cambio, conservarla y desprenderse de las otras.
Asimismo, el apartado 2-c) del artículo 45 indica que se podrá poseer “hasta una (1) licencia de radiodifusión televisiva por suscripción, siempre que el solicitante no fuera titular de una licencia de televisión abierta”. Esto significa que si Clarín elige conservar Canal 13 y desprenderse de las cableoperadoras, deberá hacer lo mismo con sus señales de cable, hasta quedarse con sólo una.
A su vez, la Ley 26.522, en el antes mencionado artículo, indica que “la multiplicidad de licencias –a nivel nacional y para todos los servicios– en ningún caso podrá implicar la posibilidad de prestar servicios a más del 35% del total nacional de habitantes o de abonados a los servicios referidos en este artículo, según corresponda”. En el caso de Clarín como operador de cable, el dueto Cablevisión/Multicanal supera con creces esa porción de mercado: posee cerca del 56% de los abonados al servicio. Así las cosas, el multimedios tendrá que reducir su participación sobre esa masa de clientes hasta llegar a la proporción indicada.
Otro de los aspectos a tener en cuenta es la cantidad de licencias a nivel nacional. En el caso de las señales televisivas de aire y las emisoras de radiodifusión no podrán ser más de diez en total. En cuanto a los permisos para canales de cable, el máximo son 24.
En sus fundamentos, la ley explica que todas estas restricciones, lejos de constituir una limitación a la libertad de expresión –argumento que fue sostenido por el fallo de la Corte–, lo que se busca es “garantizar los principios de diversidad, pluralidad y respeto por lo local se establecen limitaciones a la concentración de licencias”.
Informe: Fernando Pittaro y Manuel Alfieri
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